SIMULACIÓN DE OPERACIONES Y VENTA DE FACTURAS: CADALSO FISCAL EN CONSTRUCCIÓN.

Publicado en El Economista el 06/08/2019


El Congreso prepara una reforma que supone prisión preventiva oficiosa y tratamiento de delincuencia organizada a quienes defrauden al fisco. ¿Quiénes pueden resultar afectados?

En el Senado de la República se presentaron tres iniciativas para considerar la venta de facturas como delincuencia organizada, sin perjuicio de sanciones a otros ilícitos que pudieran cometerse a la par.

Existen daños colaterales implícitos en las pretensiones legislativas, que pueden repercutir en graves riesgos patrimoniales y personales.

ANTECEDENTES

Hace algunos años, ciertos contribuyentes “compraban facturas” para cubrir salidas sin respaldo de un comprobante válido —léase factura—, simulando gastos deducibles a cambio de un precio que variaba por la “calidad” del comprobante o los montos incorporados a los mismos.

El apelativo de esta operación —venta de facturas— la representaba fielmente. El SAT migró a esquemas digitales de comprobación para evitar prácticas indebidas.

Sin embargo, el delito evolucionó: se crearon empresas y estructuras simulando venta de bienes, servicios o arrendamientos amparados con CFDIs reales, emitidos por personas inscritas al RFC, sin un respaldo de lo facturado. Esta práctica, a decir del SAT, pone en peligro economía y seguridad nacionales.

Las dimensiones del delito incluyen la participación de funcionarios que aparentan obra pública o recepción de servicios inexistentes o por montos menores a los reales, sobrevaluando conceptos de forma muy evidente.

LA PROPUESTA DE SOLUCIÓN

La Constitución Política considera como delitos de prisión preventiva oficiosa —que deben seguir procesos judiciales en reclusión— a diversos conceptos entre los cuales destacan delincuencia organizada, homicidio doloso, violación, secuestro, trata de personas, delitos violentos con armas y explosivos, delitos graves contra seguridad nacional y delitos electorales, enriquecimiento por corrupción y robo de hidrocarburos.

Las propuestas para modificar CFF, Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, Ley de Seguridad Nacional, CNPP y Código Penal Federal, sancionarán actividades de empresas facturadoras de operaciones simuladas (EFOS) y sus clientes (EDOS) como delincuencia organizada.

Las iniciativas promueven un tratamiento de excepción, con métodos de investigación diferenciados —intervención de comunicaciones y beneficios a quien proporcione información para desintegrar grupos delictivos, entre otros— que, aunados a la prisión preventiva oficiosa, replantean la gravedad de estos ilícitos: prisión a quienes emitan comprobantes y a quienes les den efectos fiscales, por operaciones simuladas, en tanto se determina la culpabilidad o inocencia y procesos de investigación sui géneris.

LOS RIESGOS COLATERALES

El fin que persiguen las iniciativas coincide en el fondo: sancionar severamente la defraudación fiscal de empresas fantasmas y sus clientes. Objetivo noble, no hay punto de discusión en ello. La instrumentación desvirtúa el objetivo central.

En las últimas versiones, se pretende sancionar cualquier defraudación fiscal o equiparables como delincuencia organizada, con las multicitadas consecuencias, limitados por calificativas y montos mínimos.

¿Cómo explicarlo? Defraudación fiscal implica usar engaños o aprovechar errores, omitiendo el pago de una contribución. Los conceptos que califican el ilícito consideran el uso de datos o documentos falsos, omisión de retenciones, falta de contabilidad. Declarar en ceros, simulando cifras, ubicaría a un contribuyente en el supuesto. Dar efectos fiscales a un comprobante sin un requisito fiscal —aun tratándose de una operación real— es un delito equiparable.

En la Cámara Alta existe consenso en lo medular, pero se discute si esta propuesta debe limitarse en proporción al monto defraudado, dejando de lado apreciaciones técnicas en contrario y los riesgos de la alta discrecionalidad con que se actuaría en uso de esta herramienta.

CONCLUSIONES

La reforma para abatir a las empresas fantasmas terminó evidenciando la intención de incluir a cualquier tipo de defraudación fiscal, rompiendo principios de proporcionalidad entre falta y sanción.

Las preocupaciones del empresario agregarán una más importante que la subsistencia del negocio: su seguridad personal por errores u omisiones contables o administrativos.

Implementar programas de cumplimiento que eviten prácticas indebidas y deslinden responsabilidades será tarea prioritaria, independientemente del fin de esta severa reforma.

Al estilo del medioevo, el legislativo prepara cadalso para infractores fiscales, cuyo brazo ejecutor será el SAT. Ninguna precaución esta de más.


El autor es director de Cadem Consultores.





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